JurídicoESEN
Order (Auto)November 8, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar

✓Claimant Gómez Vásquez Rubén Darío·Respondent Betancur Ciuffetelli Gloria Lucia Y Otros

✓
Topic · hard data
Proceso Declarativo Por Responsabilidad Extracontractual Cuando Se Demanda A Personas De Derecho Privado Y Entidades Públicas.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Civil
  • Asuntos no atribuidos por ley a otras jurisdicciones
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 3 Administrativo del Circuito de Manizales.

La controversia surgió por causa de una demanda de responsabilidad civil extracontractual iniciada por un ciudadano en contra de personas de naturaleza privada, la fiscalía general de la Nación, la Sociedad de Activos Especiales (en adelante, SAE) y otros, con el propósito de que se les declare responsables extracontractualmente por daños causados a un inmueble de su propiedad como consecuencia de obras en un predio colindante que, actualmente, se encuentra administrado por la SAE. y, en consecuencia, se les condene al pago de perjuicios materiales y morales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena concluye que la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad civil es la competente para conocer de las controversias relacionadas con responsabilidad extracontractual, en los cuales se demanda a entidades públicas, y a una persona jurídica particular o una natural sometida al derecho privado, cuando no concurren los requisitos para configurar el fuero de atracción, por cuanto de los hechos, las pretensiones y las pruebas que obran en el expediente, preliminarmente, no es posible inferir razonablemente que existe una probabilidad mínimamente seria de que las entidades estatales demandadas serán condenadas.

En virtud de lo anterior, la Corte resuelve remitir el expediente al Juzgado 2 Civil Municipal de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 2 Civil Municipal de Manizales y el Juzgado 3 Administrativo del Circuito de Manizales, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 2 Civil Municipal de Manizales es la autoridad competente para conocer el proceso judicial promovido.
  2. Segundo. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4214 al Juzgado 2 Civil Municipal de Manizales para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.